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Consejo de Estado negó tutela presentada por la sociedad Pulido y Obregozo Cía. Ltda., contra una providencia mediante la cual negó demanda de controversias contractuales que promovió contra la EAAB

Escrito por  Jun 24, 2022

La sociedad accionante presentó demanda de controversias contractuales por incumplimiento de un contrato en contra de la EAAB, cuyo conocimiento correspondió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual, a través de una providencia de 2014, declaró probada la excepción de caducidad  y negó las pretensiones de la

demanda, con el argumento de que el contrato inició el 24 de febrero de 2005 y su plazo era de un año, razón por la que su finalización era el 23 de febrero de 2006, de tal manera, al presentarse la demanda el 8 de junio de 2012, transcurrieron más de 6 años, es decir, fue extemporánea.

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Modificado por última vez en Jueves, 23 Junio 2022 15:18