de estudio de planes parciales no puede hablarse de derechos adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas.
A través del presente concepto se aclaró que, ante la inexistencia o no expedición del pronunciamiento sobre la viabilidad del Plan Parcial por parte de la oficina de planeación municipal o distrital, o la dependencia que haga sus veces, ya sea mediante acto administrativo u ocurra el silencio administrativo positivo, dentro del trámite
de estudio de planes parciales no puede hablarse de derechos adquiridos o situaciones jurídicas consolidadas.