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La prescripción de la factura de servicios públicos domiciliarios y el régimen tarifario, fueron dos ejes temáticos abordados por la SSPD

Escrito por  Jun 09, 2022

La Entidad aclaró que, en materia de servicios públicos domiciliarios, los consumos facturados no son objeto de prescripción, pues lo que es susceptible de este fenómeno jurídico son las obligaciones contenidas en la factura de servicios públicos domiciliarios, expedida por los prestadores del servicio en ejecución del contrato de servicios públicos; indistintamente de que se trate de una copropiedad, pues la norma no establece distinción alguna entre los usuarios de estos servicios.

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