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CGR aclaró disposiciones sobre el giro de anticipos para hacer campaña a los candidatos al senado

Escrito por  Jun 07, 2022

De acuerdo con el presente concepto, la CGR considera que, "no girar  los recursos públicos destinados por ley para las campañas al Senado de la República  y a la Cámara de Representantes, no genera el daño patrimonial del artículo 6 de la Ley 610  de 2000   como fenómeno objetivo, en la medida que no se observa que tal situación genere lesión directa consistente en menoscabo,  disminución,  perjuicio, detrimento,  pérdida o deterioro de bienes o recursos públicos, o de los intereses patrimoniales del Estado."

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