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Procuraduría consideró legítimo que el Congreso de la República otorgue un tratamiento diferenciado en el pago del impuesto sobre la renta a las Cajas de Compensación Familiar, a las EPS y a las IPS

Escrito por  Jun 07, 2022

El ministerio Público consideró que las normas demandadas (artículo 19 y 359.2 del E.T.) no son contrarias a los principios de igualdad y equidad tributaria, pues no otorgan un tratamiento desigual e iguales. Lo anterior porque no es posible establecer un “tertium comparationis” entre las cajas de compensación familiar y las EPS e IPS, que lleve a asimilarlas en el pago del impuesto sobre la renta.

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Modificado por última vez en Jueves, 16 Junio 2022 12:17