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Concepto de la SSPD sobre la recuperación de consumos derivados de conexiones irregulares realizadas de manera fraudulenta

Escrito por  Jun 15, 2022

“La prestación de un servicio público debe enmarcarse en un contrato de condiciones uniformes suscritos entre el prestador y el suscriptor y/o usuario, para que de ese vínculo contractual surjan los derechos y las obligaciones”. El concepto añade que “cualquier prestación que se dé por fuera del vínculo contractual

previsto en los artículos 128 y 129 de la Ley 142 de 1994, será ajena al régimen de los servicios públicos, pues obedece a una relación irregular”.

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