concepto en cuanto a la aplicación de las metodologías tarifarias en concordancia con las competencias establecidas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994.
A través del presente concepto quedó aclarado que el prestador de las actividades que componen el servicio público de aseo deberá remitir la totalidad de los documentos mencionados en la Circular 001 de 2019 y podrá añadir los análisis o soportes económicos adicionales que considere necesarios para su estructuración, para que esta Comisión de Regulación pueda emitir su
concepto en cuanto a la aplicación de las metodologías tarifarias en concordancia con las competencias establecidas principalmente en los artículos 73 y 74 de la Ley 142 de 1994.