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Texto de la Ley que establece disposiciones generales para la verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial

Escrito por  Ago 14, 2020

A través del acto administrativo se establece que, la verificación de la implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial corresponderá a la Superintendencia de Transporte, los Organismos de Tránsito o el Ministerio de Trabajo, quienes podrán, cada una en el marco de sus competencias, supervisar la implementación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial (PESV).

También se adiciona el artículo 12A a la Ley 1503 de 2011 estableciendo que: “Seguridad Vial, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Trabajo, en un plazo máximo de doce (12) meses contados a partir de la sanción de la presente ley, diseñarán e implementarán un programa pedagógico mediante el cual se imparta capacitación en el diseño, implementación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial, articulados con el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).”

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