sino que, comunica a Gobernadores, Alcaldes y Presidentes de Consejos Territoriales de Gestión del riesgo de Desastres, medidas ya adoptadas por la UNGRD
el Despacho estima que no hay lugar a admitir el control automático de legalidad de la Circular bajo estudio porque, si bien, la Circular cita el Decreto 417 de 2020 (que declara el estado de excepción de Emergencia económica, social y ecológica), lo cierto es que, no lo desarrolla en términos normativos, dado que no adopta medidas tendientes a conjurar la crisis,
sino que, comunica a Gobernadores, Alcaldes y Presidentes de Consejos Territoriales de Gestión del riesgo de Desastres, medidas ya adoptadas por la UNGRD