Pasaporte según sea el caso, Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), Certificado de Revisión técnico mecánica y de gases.
A través del presente concepto se indicó que previamente a la imposición del comparendo, la autoridad de control procede a requerir al presunto infractor la presentación de los documentos tanto del conductor como del vehículo, para lo cual debe inmediatamente presentar en forma obligatoria los documentos en original, como: Cedula de ciudadanía, Tarjeta de identidad o
Pasaporte según sea el caso, Licencia de Conducción, Licencia de Tránsito, Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), Certificado de Revisión técnico mecánica y de gases.