A través del presente concepto se aclaró que "si un prestador ha definido previamente las condiciones uniformes en que va a prestar un servicio, y el propietario o habitante de un inmueble le solicita la conexión o prestación del servicio, y este accede a efectuarla, se entenderá claramente que existe un contrato de servicios públicos, creándose de esta forma la relación contractual
entre las partes aludidas, así como el surgimiento de los derechos y obligaciones que emergen del acuerdo contractual, para cada una de ellas, entre las que se destaca el derecho-obligación de expedir la factura pertinente para realizar el cobro del servicio prestado. Esto, sin que sea necesaria la suscripción de documento alguno entre las partes, como se indicó previamente."
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