Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 44

Consejo de Estado negó demanda que buscaba responsabilidad extracontractual del Estado por afectación de un predio, dada la imposibilidad de explotarlo comercialmente, con ocasión de un proyecto vial

Escrito por  Abr 18, 2022

Para la Sala, la parte actora dejó vencer la oportunidad para presentar la demanda. La fecha máxima en la que los interesados podían demandar por la afectación del predio era el 28 de febrero de 1989 y no, como lo hicieron, el 13 de diciembre de 2004. “Incluso si se aplicara la Ley 9 de 1989, invocada por la parte demandante, la acción también habría caducado. El artículo 37 de esa ley dispone que la afectación por causa de una obra pública debe inscribirse en la matrícula inmobiliaria, “so pena de inexistencia”, y que quedará sin efecto de pleno derecho en un término máximo de 9 años. De este modo, como término límite, la afectación que los demandantes presentan como “de hecho” solo hubiera podido extenderse hasta el 12 de enero de 1998. En ese escenario, los demandantes debían haber presentado su demanda antes del 13 de enero de 2000”.

Descargar documento