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MinTransporte hizo precisiones en cuanto al procedimiento a seguir cuando la infracción a las normas de tránsito se detecte por ayudas tecnológicas

Escrito por  Abr 06, 2022

De acuerdo con el presente concepto, cuando la infracción a las normas de tránsito se detecten por ayudas tecnológicas, la autoridad de tránsito enviará por correo y/o correo electrónico, en el primer caso a través de una empresa de correos legalmente constituida, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la validación del comparendo por parte de la autoridad, copia del comparendo y sus soportes al propietario del vehículo y a la empresa a la cual se encuentra vinculado; este último caso, en el evento de que se trate de un vehículo de servicio público.

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Modificado por última vez en Miércoles, 06 Abril 2022 15:16