se pagará el 50% del capital sin intereses de mora. Entre los cuatro (4) y los ocho (8) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora."
El Mintransporte se refirió a lo dispuesto en artículo 49 de la Ley 769 de 2002, en el sentido de que "los deudores de multas por infracciones a las normas de tránsito que se hayan hecho exigibles con anterioridad al 30 de junio de 2021 tendrán derecho a la siguiente condición especial de pago: Dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley
se pagará el 50% del capital sin intereses de mora. Entre los cuatro (4) y los ocho (8) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley se pagará el 50% del capital sin intereses de mora."