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Concepto del SGR sobre las asignaciones directas para municipios en donde se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables

Escrito por  Mar 29, 2022

De acuerdo con el presente concepto del SGR, "las asignaciones directas, para el caso de los municipios productores, se conforman por el 20% de asignaciones directas propiamente dichas, así como por el anticipo del 5% de asignaciones directas.

La reglamentación del anticipo está contenida en el título 7 del Decreto 1821 de 2020. De otra parte, de acuerdo con lo previsto en el inciso 11 del artículo 361 de la Constitución Política el presupuesto del Sistema General de Regalías (SGR) es bienal. De manera que, en desarrollo de este postulado, el Congreso de la República expidió la Ley 2072 de 31 de diciembre de 2020, mediante la cual se decretó el presupuesto del SGR para el bienio del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022."

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Modificado por última vez en Martes, 29 Marzo 2022 08:14