La reglamentación del anticipo está contenida en el título 7 del Decreto 1821 de 2020. De otra parte, de acuerdo con lo previsto en el inciso 11 del artículo 361 de la Constitución Política el presupuesto del Sistema General de Regalías (SGR) es bienal. De manera que, en desarrollo de este postulado, el Congreso de la República expidió la Ley 2072 de 31 de diciembre de 2020, mediante la cual se decretó el presupuesto del SGR para el bienio del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022."