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Consejo de Estado negó tutela interpuesta por Fedeusctrab Ambiental que buscaba obtener la protección de sus derechos a la negociación colectiva, y a la asociación y libertad sindical

Escrito por  Mar 15, 2022

La Sala confirmó la decisión de primera instancia, dado que coincide en que “no se vulneraron los derechos fundamentales de la organización accionante. Por el contrario, el proceso de instalación de la mesa de negociación y de conformación de la comisión negociadora ha respetado el debido proceso, la autonomía y libertad sindical.

No es cierto que el Gobierno nacional hubiese impuesto la distribución de la comisión negociadora. Las autoridades accionadas se han limitado a solicitar la certificación del número de afiliados de cada organización sindical y a presentar propuestas de distribución de la comisión negociadora, todo lo anterior en el marco de su rol de facilitador de las negociaciones. La Sala observa que la propuesta presentada por el Gobierno fue discutida. En esa discusión se presentaron reparos contra la propuesta, se atendieron inquietudes y finalmente fue aprobada por la mayoría, no solo en términos de organizaciones sindicales sino de los trabajadores representados por estas. Una vez definida la conformación de la comisión negociadora de las organizaciones sindicales se instaló formalmente la mesa de negociación”.

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