la Sala estudió dos acciones de tutela promovidas por líderes sociales que invocaban la garantía de sus derechos a la seguridad personal y al debido proceso administrativo, entre otros, los cuales estimaban vulnerados por la Unidad Nacional de Protección con ocasión de las actuaciones surtidas en los procedimientos de calificación de riesgos y asignación de medidas de seguridad por las amenazas que han recibido por desempeñarse como líderes sociales en el departamento del Valle del Cauca.