la suma de dinero que esta hubiera pagado en virtud de la declaratoria del siniestro, para lo cual la Aseguradora presentará cuenta de cobro en la que debe especificar la fecha del pago y realizar la correspondiente actualización.
La Sala Se anuló los actos demandados que hicieron efectiva la garantía de estabilidad de la obra porque tal decisión no podía fundarse en la imputación de defectos conocidos durante la ejecución del contrato y los diseños de la obra y la modificación de los mismos, no eran responsabilidad de la contratante. El Consejo de Estado condenó al IDU a reintegrar a Confianza S.A.
la suma de dinero que esta hubiera pagado en virtud de la declaratoria del siniestro, para lo cual la Aseguradora presentará cuenta de cobro en la que debe especificar la fecha del pago y realizar la correspondiente actualización.