Sobre una consulta muy puntual referente a la inscripción como empresa transformadora de residuos de empaques y envases, el Minambiente indicó que "la actividad de transformación que se desarrolla, sobre la que se solicita inscripción y que motiva la consulta que se formula, no corresponde a la transformación de los residuos de empaques y envases para convertirlos en materia
prima, sino que consiste en la adquisición de esta materia prima para la generación de un producto final. Sobre esta base y de acuerdo con la definición de reciclaje ya analizada, esta oficina comparte el criterio expresado en el sentido que la actividad debe quedar registrada como “otro” y no como “reciclaje”
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