"A partir del 1 de noviembre de 2021 los prestadores del servicio público de acueducto deben volver a dar aplicación a las acciones de suspensión y corte establecidas en la Ley 142 de 1994, una vez se verifiquen las causales de incumplimiento previstas en los señalados artículos, situaciones que incluso, pudieron haberse configurado de forma previa al 1 de noviembre de 2021." Así lo reiteró la CRA a través del presente concepto.