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MinTransporte modificó acto que establece las condiciones para el transporte de petroquímicos, asfaltos hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones y artefactos fluviales por estas vías del territorio nacional

Escrito por  Ene 28, 2022

Las personas naturales o jurídicas que tienen permiso de operación al 31 de diciembre de 2016 para prestar el servicio de transporte fluvial de petroquímicos, asfaltos hidrocarburos y sus derivados a granel, deberán transmitir en el mes de enero de cada año, a la subdirección de transporte de esta Cartera Ministerial, el programa de conversión o sustitución identificando e

individualizando las embarcaciones a modificar o sustituir a doble casco.

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Modificado por última vez en Viernes, 28 Enero 2022 09:47