se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad absoluta.
Para la Sala, el signo “CUBA LIBRE” no cuenta con elementos adicionales que le otorguen distintividad, le permitan diferenciarse en el mercado y lo identifiquen con un origen empresarial determinado por lo que no cumple con las condiciones para ser registrado como marca. La corporación considera que el signo mixto CUBA LIBRE solicitado por la parte demandante,
se encuentra incurso en la causal de irregistrabilidad absoluta.