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MinAmbiente: un infractor no tiene prohibido acceder a los servicios que ofrece una Autoridad Ambiental

Escrito por  Ene 04, 2022

De acuerdo con el concepto publicado por el MinAmbiente, en la normatividad ambiental vigente y demás normas concordantes, no se establece que los presuntos y/o infractores de la normatividad ambiental tengan prohibido acceder a los servicios que ofrece una Autoridad Ambiental en el área de su jurisdicción para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.

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Modificado por última vez en Martes, 04 Enero 2022 08:36