A través del Decreto 1786-2021, “las Cajas de Compensación Familiar destinarán los recursos o porcentajes previstos en el literal b) del artículo 64 de la Ley 633 de 2000 al Fondo para la Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria (FONIÑEZ), creado por el artículo 16 numeral 8 de la Ley 789 de 2002, sin necesidad de ser trasladados al Fondo de Vivienda de Interés Social (FOVIS)”.