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Texto de la sentencia del Consejo de Estado en la que condenó al MinSalud (sucesor de Cajanal) a pagar el valor adeudado a la Empresa de Energía de Bogotá, al no haber cancelado la parte que le correspondía de la pensión de 104 extrabajadores

Escrito por  Dic 14, 2021

Cajanal intentó enervar la obligación de pagar las cuotas parte. Indicó que no debía asumir la totalidad en los términos de los actos de reconocimiento pensional por 2 razones. Porque “algunas” de las pensiones reconocidas eran compartidas entre el Instituto de Seguros Sociales y la Empresa de Energía de Bogotá y porque se reconocieron pensiones y factores extralegales.

El Consejo de Estado declaró que el Ministerio de Salud y Protección Social (sucesor de Cajanal EICE en liquidación) incumplió la obligación de pagarle a la Empresa de Energía de Bogotá, las cuotas partes que le correspondían según la ley y ordenó a que pague el valor adeudado a la Empresa de Energía de Bogotá, el cual será liquidado de conformidad con los parámetros expuestos en la parte motiva de esta sentencia.

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Modificado por última vez en Martes, 14 Diciembre 2021 12:13