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MinAmbiente: “el uso de expresiones como “grave” en los actos administrativos expedidos por las autoridades competentes, serán jurídicamente viables, siempre y cuando encuentren sustento en la normatividad ambiental vigente”

Escrito por  Dic 14, 2021

Para la Entidad “teniendo en cuenta que todas y cada una de las actuaciones que se surten en el marco del procedimiento sancionatorio ambiental deberán encontrarse debidamente motivadas, tiene a bien considerar esta Cartera Ministerial que el uso de expresiones como “grave” en los actos administrativos expedidos por las autoridades competentes, serán jurídicamente viables,

siempre y cuando encuentren sustento en la normatividad ambiental vigente, toda vez que como se dispone en la “Metodología para el Cálculo de Multas por Infracción a la Normatividad Ambiental” la cual se anexa, para la obtención de cada una de los criterios que deberá ser considerados al momento de estimar la multa, se deberán realizar modelaciones matemáticas apartes en las que podrá relucir alguna categoría en la que se tenga en cuenta la gravedad de la acción u omisión del infractor”.

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Modificado por última vez en Lunes, 13 Diciembre 2021 19:07