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Consejo de Estado confirmó sentencia que declaró de oficio inepta demanda contra un acto del INCORA que declaró como terreno baldío un predio denominado “La Bendición”, ubicado en Yopal (Casanare), por indebida escogencia de la acción

Escrito por  Dic 07, 2021

La Sala advierte que los argumentos a partir de los cuales se pretende erigir la responsabilidad del Estado devienen de actos administrativos emitidos por el INCORA a través de los cuales decidió cuestiones relacionadas con el dominio del predio La Bendición, pues fue en virtud de ellos que se generó la situación que ahora denuncia, atinente a haber auspiciado que terceros se

apoderaran de los terrenos de la actora. “Puntualmente, se identifica la fuente del daño como la omisión en la resolución del año 2007 -como lo afirma el actor-, y la misma equivalía a un acto ficto presunto de carácter negativo, de manera que debió demandarlo. La anterior circunstancia, revela incontestablemente que la fuente del daño reside en tales actos, por lo que con acertado criterio el a quo se ocupó de mencionar que el medio de control que procedía era el de nulidad y restablecimiento del derecho, pues fue a partir de los mismos que la demandante vio afectado el derecho que reclama”.

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