Conductores, también por decisión judicial, por encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de las sustancias psicoactivas determinado por la autoridad competente.
De acuerdo con el presente concepto, se podrá suspender o cancelar la licencia de conducción por disposición de la autoridad de tránsito en la respectiva jurisdicción con base en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, soportado en un certificado médico o en un examen de aptitud física o mental expedido por un Centro de Reconocimiento e
Conductores, también por decisión judicial, por encontrarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de las sustancias psicoactivas determinado por la autoridad competente.