A través del comunicado se anunció que "la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, , con el fin de velar y cumplir con los establecido en el Convenio 169 de la OIT, se encargó de liderar, dirigir y coordinar el ejercicio del derecho a la consulta previa, mediante los procedimientos adecuados, garantizando la participación de las comunidades indígenas,
reconociéndose el derecho a la participación y a la consulta de los pueblos indígenas y tribales, siendo estos espacios de reunión, el mecanismo que garantiza el cumplimiento de consultar antes de la realización de cualquier proyecto que los afecte de manera directa."
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