Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

SDA modificó algunas condiciones y requisitos de ubicación de los pendones y pasacalles en el D.C.

Escrito por  Nov 26, 2021

Quedó dispuesto que, cuando la Administración Distrital, a través de cualquiera de sus entidades, requiera promocionar alguna actividad de carácter institucional, cultural y que esté relacionada con la obra que se desarrolla a través de pendones de obra pública, el Pendón de obra pública podrá abarcar hasta el 100% del área total del elemento que compone el cerramiento temporal de la obra pública.

Si la propuesta gráfica se compone por varios pendones de obra, se podrán instalar en forma de mosaico (cuando se agrupe dos o más piezas gráficas que componen el pendón de obra), y deberán tener entre uno y otro una distancia mínima de doscientos metros (200 m). Los pendones de obra deberán ir impresos, anclados o adheridos en los cerramientos temporales y demás elementos de protección de las obras públicas donde se quieran implementar.

Descargar documento

Modificado por última vez en Viernes, 26 Noviembre 2021 11:22