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“Corte advirtió que la devolución de saldos en pensión o el reconocimiento de la indemnización sustitutiva no le impide a un afiliado continuar cotizando al Sistema de Seguridad Social “

Escrito por  Nov 22, 2021

El pronunciamiento fue hecho al estudiar una tutela que presentó un  ciudadano, debido a que la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones  y Cesantías, Porvenir S.A., lo bloqueó en el sistema pensional después de  recibir la devolución de saldos que reclamó al sufrir un accidente que le ocasionó una pérdida de capacidad laboral del 52.45% en el 2011, puesto que no reunía

los requisitos para obtener la pensión de invalidez.

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