campesino, compañero permanente de la ciudadana, durante un operativo del Ejército Nacional, a quien se le acusó de pertenecer a grupos armados ilegales, situación que no logró probarse”.
“La Corte Constitucional amparó los derechos de una ciudadana que reclamó el reconocimiento de los perjuicios materiales (lucro cesante), que fueron negados por la Sección Tercera del Consejo de Estado, en un proceso de reparación directa. En el 2019, el máximo tribunal de lo Contencioso Administrativo confirmó la responsabilidad del Estado por el homicidio de un
campesino, compañero permanente de la ciudadana, durante un operativo del Ejército Nacional, a quien se le acusó de pertenecer a grupos armados ilegales, situación que no logró probarse”.