La Sala estudió la acción de tutela promovida por una trabajadora en misión que padece una patología que, según afirmó, desarrolló en vigencia de la relación laboral y se agudizó por el ejercicio cotidiano de sus funciones. Por esa razón, invocó la protección de los derechos a la dignidad humana, al mínimo vital, al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada, a la igualdad, a la
salud y a la seguridad social. Consideró que fueron vulnerados por la terminación de su contrato sin autorización del Ministerio del Trabajo. En esa medida, solicitó el reintegro laboral, la cancelación de los salarios, prestaciones sociales y aportes a seguridad social desde su desvinculación y sin solución de continuidad.
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