Para la Sala, La pretensión de nulidad absoluta fue negada porque el contrato de promesa de compraventa sí establecía un plazo para la firma de la escritura pública, argumento que fue propuesto por el apoderado del Invías con la contestación de la demanda. Se confirma la sentencia de primera instancia porque la decisión adoptada en relación con las agencias en derecho fue acertada.