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“En lo que atañe al traslado de regímenes pensionales es necesario verificar si dicho cambio efectuado por el usuario cumplió o no con los requisitos propios para conservar su validez”: Consejo de Estado

Escrito por  Nov 17, 2021

“Esto es, que al momento en que la persona optare por escoger el régimen al cual efectuar sus cotizaciones obligatorias a seguridad social, esta hubiere sido debidamente asesorada de manera precisa y transparente respecto a las repercusiones que con dicha transferencia pudieren acarrear consigo”.

“En materia de seguridad social, la responsabilidad de los fondos de previsión social, de brindar la adecuada asesoría no puede ser abstracta o limitada, pues lo que se pretende es recaudar información contenciosa respecto a las necesidades individuales de cada uno de los afiliados, porque de no hacerse así, se desconocería el postulado de la debida información, esto es, de conocer de manera detallada los hechos y consecuencias de la decisión que el administrado opte por escoger”.

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