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Concepto de la CRA sobre la frecuencia mínima de barrido que deben cumplir las empresas prestadoras

Escrito por  Nov 12, 2021

De acuerdo con el concepto de la CRA, la frecuencia mínima de barrido y limpieza del área de prestación a cargo del prestador debe ser de dos (2) veces por semana para municipios y distritos de primera categoría o especiales y de una (1) vez por semana para las demás categorías establecidas en la ley.

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Modificado por última vez en Jueves, 11 Noviembre 2021 14:16