La Corte Constitucional declara la exequibilidad del Decreto Legislativo 482 de 2020 “por el cual se dictan medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia, Económica, Social y Ecológica”. Medidas consistentes en permitir la continuidad en la ejecución de algunas obras identificables vía criterios operativos o técnicos, así como la movilidad de personal, de los insumos y de maquinarias requeridas para garantizar la continuidad, vigilancia y atención de emergencias, las cuales, a consideración de la Sala son constitucionales.