20214, para la liquidación de la tarifa de aprovechamiento se deberá calcular el promedio con los valores del semestre que se encuentran disponible.
De acuerdo con el concepto de la CRA, para el cálculo del promedio, la persona prestadora responsable de la facturación deberá proceder según el marco tarifario que corresponda. Por un lado, si se encuentra facturando en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 720 de 20153, compilada en el Título 2, Parte 3 del Libro 5 de la Resolución CRA 943 de
20214, para la liquidación de la tarifa de aprovechamiento se deberá calcular el promedio con los valores del semestre que se encuentran disponible.