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DIAN levantó medidas de suspensión que aplicaban a mercancías que ingresaran al país desde el pasado 18 de marzo de 2020 hasta el 28 de febrero 2021

Escrito por  Oct 01, 2021

DIAN levantó la suspensión del término de almacenamiento de que trata el literal a) del artículo 2 de la Resolución 055 de 2020, modificado por los artículos 1 de la Resolución 62 de 2020 y 1 y 2 de la Resolución 079 de 2021, respecto de las mercancías que ingresaron al país antes del 18 de marzo del 2020, el cual se reanudará a partir del 1 de diciembre de 2021

y los mismo con las mercancías que ingresaron al país desde el 18 de marzo del 2020 inclusive hasta el 28 de febrero de 2021, el cual comenzará a correr a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

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