embargo, si el objeto contractual no se relaciona con actividades u objetos contractuales descritos con anterioridad no será necesario aplicar los documentos tipo que ha expedido Colombia Compra Eficiente.
De acuerdo con las consideraciones, las entidades estatales regidas por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, de conformidad con el parágrafo 7 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, adicionado por la Ley 1882 de 2018 y modificado por la Ley 2022 de 2020, se encuentran obligadas a aplicar los documentos tipo implementados por esta Agencia. Sin
embargo, si el objeto contractual no se relaciona con actividades u objetos contractuales descritos con anterioridad no será necesario aplicar los documentos tipo que ha expedido Colombia Compra Eficiente.