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Consejo de Estado modificó decisión de primera instancia, pues consideró que el Comité de Gestión Tecnológica no tenía competencia para suspender el convenio en el que Colvatel y la CGR celebraron un convenio interadministrativo

Escrito por  Sep 22, 2021

Estas dos entidades celebraron un convenio interadministrativo “a fin de conseguir soluciones tecnológicas para una de ellas y pactaron la ejecución de 4 proyectos. Mediante una adición al convenio, en la cual no se incluyó salvedad alguna, acordaron cancelar 3 de los mencionados proyectos. Posteriormente, la entidad contratista demandó a la contratante y pretendió que fuera

condenada al pago de los servicios prestados y de los productos entregados que formaban parte de los proyectos cancelados”. “La Sala confirmó la Sentencia, pues Colvatel no podía reclamar el pago de la prestación de los servicios y la entrega de productos de los proyectos CFM, SIGA y Mesa de Ayuda, pues, mediante la Adición 2 al CIE, las partes decidieron extinguir las obligaciones relacionadas con tales proyectos y Colvatel no incluyó salvedades en dicho acuerdo”.

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Modificado por última vez en Martes, 21 Septiembre 2021 18:31