A través del presente acto, la CREG hace unos ajustes a la Resolución CREG 107 de 2017 “Por la cual se establecen los procedimientos que se deben seguir para ejecutar
proyectos del plan de abastecimiento de gas natural”. La Entidad atendió y analizó las recomendaciones presentadas por la SIC, y se incluyeron los ajustes que consideró pertinentes en la presente resolución. Adicionalmente, en el documento soporte del presente acto, se hará mención a las recomendaciones de la SIC y los comentarios de la CREG.
La CREG modificó algunas definiciones contenidas en el Artículo 2 de la Resolución CREG 107 de 2017, como las siguientes: adjudicatario; Período estándar de pagos, PEP; Consumer price index, ???; Beneficiarios; Fecha anticipada de entrada en operación; Operación parcial y Servicios adicionales, entre otros.
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