Sin embargo, en ese dictamen, no asignó un porcentaje de pérdida de capacidad laboral ni estableció criterios para determinar el progreso de su infección o el eventual deterioro de sus condiciones clínicas”.
“La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la seguridad social y al debido proceso administrativo de un soldado profesional en servicio activo, diagnosticado con VIH. En octubre de 2015, la Dirección de Sanidad Militar del Ejército Nacional (DISAN EJC) practicó una Junta Médico Laboral al actor para evaluar la posible disminución de sus aptitudes psicofísicas.
Sin embargo, en ese dictamen, no asignó un porcentaje de pérdida de capacidad laboral ni estableció criterios para determinar el progreso de su infección o el eventual deterioro de sus condiciones clínicas”.