La CEG anunció que, a través de la publicación de dos conceptos (anexos a la circular publicada por la entidad) dio respuesta a varias dudas relacionadas con la interpretación de las disposiciones de la Resolución CREG 107 de 2021, “Por la cual se permite modificar la fecha de puesta en operación de algunos proyectos que se conectan al SIN, y se modifican algunos plazos de la Resolución CREG 075 de 2021”.