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CRA: la evacuación y el trasporte de las aguas lluvias será del prestador o del municipio, según la responsabilidad de cada uno frente a la prestación del servicio

Escrito por  Ago 12, 2021

“La evacuación y el trasporte de las aguas lluvias será del prestador o del municipio, según la responsabilidad de cada uno frente a la prestación del servicio público domiciliario de alcantarillado”. La Entidad añade que “en la definición del servicio público domiciliario de alcantarillado, contenida en la ley 142 de 1994, no se hace mención expresa al alcantarillado pluvial. No obstante, el Decreto 1077 de 2015

reglamentario de dicha ley, si incluye dentro de la definición del servicio público domiciliario de alcantarillado, la actividad de recolección de aguas lluvias, por lo que se considera como parte del servicio público domiciliario de alcantarillado, máxime cuando técnicamente su prestación individual o separada del alcantarillado sanitario se dificulta, si se tiene en cuenta que actualmente no existe una separación física de las redes en la mayor parte de las ciudades del país”. 

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