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Consejo de Estado declaró parcialmente nulo Laudo Arbitral que dirimió controversias contractuales surgidas entre Disico S.A. y la EDP S.A. E.S.P., por no analizar de fondo los elementos que configuraron el en enriquecimiento sin causa

Escrito por  Ago 12, 2021

Mediante un Laudo Arbitral, un Tribunal declaró el incumplimiento de un contrato por parte de una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios y, a la vez, declaró que hubo enriquecimiento sin justa causa a favor de la contratante y, como consecuencia,

la condenó a pagar al contratista las mayores cantidades de obra, material y mano de obra en los que este tuvo que incurrir. La empresa recurrió el Laudo e interpuso, entre otras, la causal séptima de anulación. “La Sala declaró fundada la causal séptima de anulación, en virtud de que el Tribunal no estudió la excepción de “inexistencia de los elementos que configuran el enriquecimiento sin causa”, de lo cual se colige que la decisión del Tribunal respecto del enriquecimiento sin causa se tomó con ausencia de fundamento jurídico. A su vez, anuló integralmente varios subnumerales de la parte resolutiva del Laudo Arbitral, que establecieron que se declararán no probadas las excepciones propuestas por la parte convocada: excepción de ejecución de los contratos de buena fe, preclusión de las etapas contractuales e imposibilidad de DISICO de ir contra sus propios actos y el referente a la excepción de inexistencia de los elementos que configuran el enriquecimiento sin causa”.

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Modificado por última vez en Jueves, 12 Agosto 2021 07:32