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A través de concepto, la CRA se pronunció acerca de los contratos que celebren los prestadores de los servicios públicos, que se deben adelantar mediante procedimientos que estimulan la concurrencia de oferentes

Escrito por  Ago 11, 2021

“Siempre que un prestador de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado o aseo: (I) transfiera la propiedad o el uso y goce de los bienes que destina especialmente a prestar los servicios públicos, (II) transfiera la posibilidad de que el contratista preste total o parcialmente el servicio a usuarios finales a los que puede cobrar tarifas, y/o (III) se asocie con otras personas para la

creación o transformación de personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, con el fin de que la empresa constituida o transformada asuma total o parcialmente la prestación del servicio respectivo y/o administre los bienes destinados de forma directa y exclusiva a la prestación del mismo y/o los ingresos recaudados vía tarifas, deberá dar aplicación a los procedimientos de concurrencia de oferentes a que se refiere la resolución CRA 151 de 2001 compilada en la Resolución CRA 943 de 2021”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 11 Agosto 2021 08:25