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Corte decidió que la valoración de la culpabilidad realizada por el CE contra el exalcalde Enrique Peñalosa, fue equivocada, dado que, a partir de una interpretación de culpa grave, dio por probado que el comportamiento del agente fue negligente

Escrito por  Ago 10, 2021

La Corte revocó los fallos del 27 de febrero de 2020 y del 7 de mayo del mismo año, proferidos por las Secciones Quinta y Cuarta del Consejo de Estado, en primera y segunda instancia, respectivamente, por medio de los cuales se negó la acción de tutela promovida por Enrique Peñalosa Londoño contra la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de

Estado, dado que no valoró debidamente las pruebas aportadas al proceso a través que desvirtuaban la existencia del dolo o culpa grave en su actuación. 

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Modificado por última vez en Martes, 10 Agosto 2021 08:38