Estado, dado que no valoró debidamente las pruebas aportadas al proceso a través que desvirtuaban la existencia del dolo o culpa grave en su actuación.
La Corte revocó los fallos del 27 de febrero de 2020 y del 7 de mayo del mismo año, proferidos por las Secciones Quinta y Cuarta del Consejo de Estado, en primera y segunda instancia, respectivamente, por medio de los cuales se negó la acción de tutela promovida por Enrique Peñalosa Londoño contra la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de
Estado, dado que no valoró debidamente las pruebas aportadas al proceso a través que desvirtuaban la existencia del dolo o culpa grave en su actuación.