A través del acto administrativo, el MinMinas define de manera transitoria el mecanismo por medio del cual se otorgarán subsidios a los usuarios residenciales de estrato uno para el servicio público de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas (ZNI), prestado mediante sistemas solares fotovoltaicos individuales AC con potencia mayor a 0.5 kW.
Los subsidios cubrirán los siguientes componentes del costo del servicio definido en la Resolución CREG 166 de 2020: aquel que remunera los costos de AOM del cargo máximo de generación; y el cargo máximo de comercialización (el componente de inversión del cargo máximo de generación no será sujeto de subsidios).
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