La sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Guillermo Sánchez Luque, analizó una demanda interpuesta por Insurcol Ltda., contra Ecopetrol S.A. para que se declarara el incumplimiento de un Contrato y de 19 órdenes de trabajo celebradas y se efectuara su liquidación judicial.
Para la Sala, “como la solicitud de conciliación extrajudicial se presentó el 17 de enero de 2017 y la demanda el 23 de junio del mismo año, según da cuenta el sello de recibido, no operó el fenómeno preclusivo de la caducidad y, por ello, se confirmó la decisión de primera instancia”.
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